sábado, 9 de junio de 2012

Hoy hacemos una nómina a partir de otra de ejemplo

En el ejemplo de la foto los cálculos los hicieron de la siguiente manera:

Devengos o conceptos a cobrar

El único devengo que percibirá el trabajador en enero será el salario base, ya que las pagas extraordinarias no toca percibirlas este mes.

Deducciones

El trabajador tendrá dos deducciones:
  • Las cotizaciones a la Seguridad Social
  • La retención a cuenta del IRPF
Ambas son el resultado de aplicar unos porcentajes a la bases de cotización de la Seguridad Social y de IRPF.

Base de cotización a la Seguridad Social: La base de cotización a la Seguridad Social estará formada por las retribuciones (1) que tenga este mes sumando, además, la parte proporcional de pagas extraordinarias correspondientes al mes de enero. ¿Por qué si no se cobran ahora? Por que la Seguridad Social establece que por las pagas extraordinarias se cotice mes a mes, de forma prorrateada, y no en el momento de su cobro.

Salario base: 1.200,00 €
Prorrata de Pagas Extraordinarias: ( 1.200,00 € * 2 ) / 12 = 200, 00 €
Base de Cotización a la Seguridad Social: 1.400,00 €

Base de retención IRPF: a diferencia de lo anterior, las pagas extraordinarias sólo sufrirán retención en el momento de su cobro. Por tanto, para la base sujeta a retención por IRPF se deben tener en cuenta únicamente aquellos conceptos (1) que efectivamente vaya a percibir el trabajador este mes de enero, en este caso, el salario base: Base de retención IRPF: 1.200,00 €

Aplicación de porcentajes

Sobre dichas bases, aplicaremos los porcentajes correspondientes.
Seguridad Social: los porcentajes de cotización a la Seguridad Social apenas suelen variar de un año a otro, y no están en función de las retribuciones del trabajador, sino que son fijos, con la salvedad de la cotización por desempleo que varía según el contrato sea indefinido (1,55%) o temporal (1,60%). Supondremos para este caso que el contrato del trabajador es indefinido:
Contingencias Comunes: 4,70% * 1.400,00 € = 65,80 €
Desempleo: 1,55% * 1.400,00 € = 21,70 €
Formación Profesional: 0,10% * 1.400,00 € = 1,40 €
Total de Cotizaciones a la Seguridad Social: 88,90 €
IRPF: El porcentaje de retención del trabajador, a diferencia de los porcentajes de Seguridad Social, sí está función de sus retribuciones, además de sus circunstancias personales y familiares. Sin entrar en más detalles, supondremos que al trabajador de esta nómina le corresponde un 10% de retención a cuenta del IRPF:
10% * 1.200,00 € = 120,00 €

Líquido a percibir: de lo anterior y en resumen, al trabajador le deduciremos un total de 208,90 € de sus devengos:

Total devengos: 1.200,00 €
Total deducciones: 208,90
Líquido a percibir: 1.200,00 € – 208,90 € = 991,10 €

Con todos estos datos ya puedes empezar a hacer tus nóminas y el resumen anual.

 Usaremos el programa Excel e intentaremos que adquiera una apariencia semejante a la de la imagen. Pon sólo los renglones en los que tengas que rellenar alguna cantidad. Te puedes inventar los datos de la Empresa, pero el trabajador serás tu con tus datos.

Una vez que aprendas a hacer la nómina que muestro en imagen y la nómina correspondiente a un mes que se cobre la extra (julio y diciembre), podrás hacer otro tipo de nóminas mas complicadas. Calcula también, el Certificado de retención a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio 2011.

Resuelve el siguiente problema:
El trabajador con contrato fijo cobró 24,94 euros/día, durante todo el año 2011, mas dos pagas extras en julio y diciembre. Además dispuso de un mes de vacaciones pagadas (15 días los eligió la empresa y los otros 15 días los eligió el/la trabajador/a.

Deberás realizar su nómina en una hoja de cálculo, formulada adecuadamente para que aunque varíe su sueldo en un futuro, se calculen todas las nóminas del año automáticamente (por un lado las normales y por otro las extras) y se genere el resumen anual para que el trabajador realice la declaración de la renta de ese año.

Para poder entender cómo se hace el cálculo, consulta la web: http://www.calcular-nominas.com/2009/06/02/ejemplo-de-nomina-sencilla/

Los siguientes datos los encontré en http://usuariosred.es/node/1815


BASES DE COTIZACIÓN CONTINGENCIAS COMUNES AÑO 2011

Grupo de Cotización Categorías Profesionales Bases mínimas Bases máximas
1Ingenieros y Licenciados. Personal de alta dirección no incluido en el artículo 1.3.c) del Estatuto de los Trabajadores1.045,20 Euros/mes3.230,10 Euros/mes
2Ingenieros Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados867,00 Euros/mes3.230,10 Euros/mes
3Jefes Administrativos y de taller754,20 Euros/mes3.230,10 Euros/mes
4Ayudantes no Titulados748,20 Euros/mes3.230,10 Euros/mes
5Oficiales Administrativos748,20 Euros/mes3.230,10 Euros/mes
6Subalternos748,20 Euros/mes3.230,10 Euros/mes
7Auxiliares Administrativos748,20 Euros/mes3.230,10 Euros/mes
8Oficiales de primera y segunda24,94 Euros/día107,67 Euros/día
9Oficiales de tercera y Especialistas24,94 Euros/día107,67 Euros/día
10Peones24,94 Euros/día107,67 Euros/día
11Trabajadores menores de dieciocho años, cualquier que sea su categoría profesional24,94 Euros/día107,67 Euros/día

TIPOS DE COTIZACIÓN (%)

CONTINGENCIAS EMPRESA TRABAJADORES TOTAL
Contingencias Comunes23,604,7028,30
Horas extraordinarias fuerza mayor12,002,0014,00
Resto horas extraordinarias23,604,7028,30

 

DESEMPLEO EMPRESA TRABAJADORES TOTAL
Tipo general (1)5,501,557,05
Contratación por duración determinada a tiempo completo6,701,608,30
Contratación por duración determinada a tiempo parcial7,701,609,30

 

EMPRESA TRABAJADORES TOTAL
FOGASA0,20
0,20
FORMACIÓN PROFESIONAL0,600,100,70

CALENDARIO LABORAL OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE ASTURIAS 2011; Calendario de Días festivos( días No Laborables ) y Días Laborables en la Comunidad de Asturias para el año 2011.

1 de Enero 2011, Año Nuevo
6 de Enero 2011
21 de Abril 2011 , Jueves Santo
22 de Abril Viernes Santo
2 de Mayo 2011 (día siguiente al 1 de Mayo, Fiesta del Trabajo)
15 de Agosto 2011, Asunción de la Virgen,
8 de Septiembre 2011, Día de Asturias
12 de Octubre 2011, Fiesta Nacional de España
1 de Noviembre 2011, Todos los Santos
6 de Diciembre 2011, Día de la Constitución Española
8 de Diciembre 2011, La Inmaculada Concepción
26 de Diciembre 2011, Lunes siguiente a la Natividad del Señor


Con esta información calcularemos los días trabajados en cada mes y los representaremos en una tabla restándoles los festivos y tenemos los días trabajados cada mes y el total anual. Con este dato anual, multiplicandolo por el salario bruto diario, podremos hallar lo que el trabajador cobrará en bruto al año: 24,94 euros/día x 252 días trabajados/año = 6.284,88 euros al año .
 La deducción del IRPF se calcula gracias a una plantilla hecha con EXCEL que se puede descargar en

http://www.economia-excel.com/2011/01/retencion-irpf-trabajo-2011-espana.html

http://www.calcular-nominas.com/2011/01/04/excel-calcular-tipo-retencion-irpf-2011/

Supongamos que naciste en 1993, eres soltero/a sin hijos y que reunes todas las condiciones que yo marqué en la tabla que muestro a continuación:

Concluimos que para un sueldo tan bajo como el que tienes y con el resto de los condicionantes, la retención será del 0%.